Comercio Exterior
Acompañamos Resolución de la AFIP, donde cambia la forma de modificación de datos o nuevas inscripciones en el registro de Importadores Exportadores de la DGA. (Hasta el presente, para modificar o realizar inscripciones nuevas, se debía llenar un cartón a máquina OM1228E)
La Administración Federal de Ingresos Públicos ha dictado la Resolución General nº 2285, del 30/07/2007 (BOLETIN OFICIAL Nº 31210 del 03/08/07), por la que resuelve:
Artículo 1º — A efectos de la solicitud de inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores, así como para la modificación de los datos anteriormente informados, los operadores de comercio exterior —privados, oficiales y, en su caso, no habituales— deberán utilizar el formulario de declaración jurada OM-1228/F “Solicitud de Inscripción para Importadores/Exportadores”, a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta resolución general.
Art. 2º — El formulario OM-1228/F, que se aprueba y forma parte de la presente, se obtendrá a través de la página “web” institucional de esta Administración Federal (http://www.afip.gov.ar/). A tal fin, se deberá seleccionar el hipervínculo “Formularios”.
Art. 3º — Modifícase la Resolución Nº 145 (ANA) y sus modificaciones del 18 de enero de 1993, en la forma que se indica a continuación:a) Sustitúyese el Anexo II, por el Anexo II “A” que se aprueba y forma parte de la presente.b) Sustitúyese el Anexo X “A”, por el Anexo X “B” que se aprueba y forma parte de la presente.c) Déjanse sin efecto los Anexos III, VII “FORMULARIO OM-1228/E”, VIII “FORMULARIO OM-2099” y IX “FORMULARIO OM-1752/C”.
Art. 4º — Esta resolución general entrará en vigencia a partir del décimo día hábil administrativo, inclusive, inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.Art.
5º — De forma.-
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